NACIONAL
Jueces federales deben resolver delitos contra periodistas: SCJN
01 de Marzo de 2017
Staff MARCHA / M茅xico, D.F.
Los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n SCJN), determinaron que son los jueces federales y no locales quienes deben enjuiciar los delitos cometidos en contra de un periodista.
La decisi贸n supone un avance importante en la prevenci贸n de los derechos de los comunicadores, quienes pueden sufrir abusos en el ejercicio de su libertad de expresi贸n e informaci贸n.
Un periodista denunci贸 haber sufrido agresiones a manos de las autoridades municipales de Sey茅, Yucat谩n, en el desempe帽o de su oficio, por lo que solicit贸 que el caso fuera juzgado en instancias federales. Sin embargo, le fue negada esta petici贸n porque no acredit贸 trabajar para alg煤n medio de comunicaci贸n. En consecuencia, la v铆ctima promovi贸 juicio de amparo impugnando esta decisi贸n.
Al resolverse el amparo en revisi贸n 1422/2015, este mi茅rcoles, la Primera Sala, a propuesta del Ministro Arturo Zald铆var, consider贸 que cualquier definici贸n del t茅rmino periodista debe partir del contexto de inseguridad que enfrentan los comunicadores en el ejercicio de su actividad. Por lo tanto, los mecanismos de protecci贸n de periodistas deben incorporar a todos aquellos que, de alguna manera, cumplan con la funci贸n de informar a la sociedad. De igual manera, se consider贸 patente la necesidad de tomar en cuenta los distintos y cambiantes modos con los que se ejerce el periodismo.
As铆, se determin贸 que no es necesario que una persona acredite trabajar para alg煤n medio de comunicaci贸n, o que presente un t铆tulo profesional para justificar su car谩cter de periodista.
La Sala tom贸 en cuenta que los periodistas pueden ejercer sus funciones mediante una gran diversidad de canales de comunicaci贸n (privados o p煤blicos; impresos o radioel茅ctricos; digitales o de imagen), que pueden desempe帽ar su tarea de manera independiente o asociada, y de forma permanente o habitual.
Esto es, que el periodismo debe calificarse desde una perspectiva funcional, atendiendo a las actividades que comprende y al prop贸sito al que sirve: informar a la sociedad.
En ese sentido, la Primera Sala determin贸 que la v铆ctima desempe帽a regularmente funciones period铆sticas, y en consecuencia, revoc贸 el fallo del Tribunal Unitario, para que las acusaciones del periodista sean enjuiciadas en tribunales federales.