NACIONAL
Ordenan liberar a exgobernador de Nuevo Le贸n
26 de Enero de 2017
Staff MARCHA / Monterrey, N.L.
Un juez federal orden贸 la inmediata libertad del exgobernador de Nuevo Le贸n, Rodrigo Medina de la Cruz, dejando as铆 sin efecto la medida precautoria de prisi贸n preventiva dictada en su contra.
Medina fue recluido en el penal del Topo Chico alrededor de las 4:00horas de este jueves, luego de que un juez le dict贸 prisi贸n preventiva por 30 d铆as.
Medina de la Cruz qued贸 vinculado a proceso por peculado y deiitos patrimoniales, il铆citos por los que le reclaman un monto de 3 mil 567 millones 967 mil 469 pesos, monto que presuntamente desv铆o desvi贸 para favorecer el establecimiento de la armadora Kia Motors.
El juez Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo Le贸n resolvi贸 que el juez de Control viol贸 una suspensi贸n concedida previamente al ex mandatario estatal, adem谩s de que el delito que se le imputa a Medina no es grave ni amerita prisi贸n preventiva.
Asimismo, el juez federal dej贸 claro que no hay riesgo de que Medina se sustraiga de la justicia, porque ha comparecido voluntariamente cuando ha sido requerido.
El juzgador federal orden贸 al juez de Control que las cosas vuelvan al estado que ten铆an al momento de concederse dicha suspensi贸n, esto es, proveer la libertad e informar de inmediato a este juzgado federal del cumplimiento, apercibido que de no hacerlo se le impondr谩 una multa de cien a mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualizaci贸n al momento de realizarse la conducta sancionada.
La resoluci贸n establece que la autoridad responsable, en este caso el juez de Control del estado, al rendir su informe previo, con fecha 25 de enero de 2017, que goza de la presunci贸n de veracidad, hizo del conocimiento que los hechos constitutivos que se reprochan al promovente son de naturaleza dolosa y atentan contra el patrimonio del Estado.
Y respecto de la posibilidad de que el quejoso se sustraiga de la acci贸n de la justicia, estim贸 que es menor, pues el mismo ha comparecido anteriormente en la presente causa por un diverso delito.
Por lo que hace a la reparaci贸n del da帽o, inform贸 que la misma asciende a la cantidad de 3 millones 567 mil 967 pesos seg煤n se advierte de la solicitud de la fiscal铆a, de la cual se anex贸 copia.
El delito que se le atribuye, agreg贸 el Juez de Control, no es considerado como grave, ni merece prisi贸n preventiva oficiosa; y la presente causa se sigue bajo el nuevo sistema de justicia penal de corte acusatorio y oral.
El Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal se帽ala que adem谩s de lo anterior, el juez de Control no inform贸 que se hubiera incumplido con las obligaciones procesales que le fueron impuestas al promovente.
Por ello, concluy贸, que es indudable que al hab茅rsele privado de su libertad a Medina en la audiencia iniciada el 25 y concluida el 26 de enero del a帽o en curso, se pone de relieve el incumplimiento por parte del juez de Control del estado, a la suspensi贸n provisional que fue concedida, sobre todo si se toma en cuenta que del propio informe del juzgador se pone de manifiesto que no se encuentra acreditado el riesgo procesal relativo a que el imputado se sustraiga de la acci贸n de la justicia.